Rosario, 24/05/2012 | 01:55
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Recurso de amparo contra la quema de pastizales


Con el fin de denunciar ante la justicia el daño y la contaminación que las quemas reiteradas en las islas provocan al ambiente humano y atmosférico, la UNR firmó una presentación  que elevará ante la Suprema Corte de Justicia en defensa de los intereses de la comunidad.

Baravalle, Maiorana y Silberstein en la firma del amparo


Estuvieron presentes el rector Darío Maiorana, el decano de la Facultad de Derecho, Ricardo Silberstein; los integrantes de la Cátedra de derecho Ambiental, Luis Facciano, Carlos Arcocha y Adriana Tripelli; y el asesor jurídico de la UNR, Aldo Baravalle.

 “Nosotros observamos que el humo generaba daños en la salud de la población y zona de influencia de Rosario, accidentes y además ha empeorado la calidad de vida” dijo el decano de Derecho,desde donde surgió la motivación para presentar este amparo en conjunto con las cátedras de Derecho Ambiental de dicha facultad y otras unidades académicas que se sumaron en contra de la quema de pastizales.

 Esta propuesta fue aprobada por el Consejo Superior y luego de un trabajo entre las Facultades de Derecho, Medicina, Ingeniería y  Bioquímicas se explicitaron en el recurso los fundamentos del por qué de dicha presentación.

 
El titular de la Cátedra de Derecho Ambiental, Facciano, aclaró que  “para hacer una demanda se realiza un estudio fáctico de los hechos, la conclusión a la que hemos llegado a través de los estudios hechos es la existencia de un daño ambiental transfronterizo, aquí se aplican normativas incluso de derecho internacional, estamos hablando de dos estados provinciales y si bien jurídicamente vamos a hacer una demanda contra Entre Ríos porque así lo exige es una demanda en realidad a favor de la gente, a favor de los habitantes de la ciudad y zonas de influencia”.


Por su parte,  Tripelli,  explicó por qué se basaron en el derecho internacional  para realizar  esta acción:  “Hay un vacío normológico, no hay una norma en el derecho interno argentino, entonces hemos retomado el derecho internacional donde existe un principio básico que un estado si bien es soberano como la provincia de Entre Ríos  no puede afectar a otro estado como la provincia de Santa Fe”.

La demanda se fundamenta en el  tercer párrafo del artículo 30 de la Ley General del Ambiente que dispone que: ”Sin perjuicio de lo indicado precedentemente toda persona podrá solicitar, mediante acción de amparo, la cesación de actividades generadoras de daño ambiental colectivo”

Cabe aclarar que si bien la práctica de quema de pastizales secos para provocar el nacimiento de gramilla fresca es una acción común en la zona de islas que se dedican a la actividad pecuaria, el incremento de superficie destinada a dicha actividad y el aumento de carga en las mismas ha provocado como lógica consecuencia el incremento de sus externalidades negativas, como son los efectos perniciosos traducidos en la contaminación ambiental atmosférica.



  • Publicado: 2008-11-06
  • Periodistas: Silvana Di Stefano -
  • Fotógrafos: Fernando Irigaray Radio Universidad
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  • Categoria: Firmas